En el marco de los anuncios realizados en la Cuenta Publica del Presidente Gabriel Boric, la seremi de Energía Claudia Lopetegui se refirió al acuerdo entre el Ministerio de Energía con las empresas distribuidoras y cooperativas que permitirá eliminar por vía administrativa la tarifa de invierno en el menor plazo posible.
La seremi explicó que, “esta medida anunciada por nuestro Presidente, es un compromiso que se aplicará lo antes posible. Para ello, el Ministerio de Energía está trabajando en conjunto con las empresas para adelantar lo antes posible el beneficio a las y los consumidores. Para los inviernos que vengan más adelante, trabajaremos con el Congreso en un mecanismo que permita hacer frente al mayor consumo de invierno, compatibilizando nuestros objetivos de cambio climático”, sostuve la autoridad regional”.
Respecto a cómo se materializará la eliminación de la tarifa de invierno, Claudia Lopetegui reiteró que, “este acuerdo entre el Ministerio de Energía con empresas distribuidoras y cooperativas eléctricas permitirá eliminar el cargo por tarifa de invierno durante los meses de otoño e invierno. Dicha eliminación, se hará efectiva lo antes posible. Respecto de los cobros de tarifa de invierno realizados a los clientes que superaron el umbral de consumo en los años previos (desde el 2021), se aplicará esta medida de manera retroactiva”.
En cuanto a las y los clientes beneficiados, la autoridad afirmó que, “serían todas y todos aquellos consumos de clientes residenciales y pymes que sobrepasen su umbral de consumo en invierno. Los potenciales beneficiados son aproximadamente 6,6 millones, lo que representa cerca del 96% de los clientes regulados del país”.
Además, la seremi explicó que, “el efecto de eliminar el cargo asociado a la tarifa de invierno tendrá un efecto menor equivalente a una variación en torno al 1% en las cuentas de electricidad”.
Tarifa de invierno
La tarifa de invierno es un sobrecargo que se aplica durante los meses de otoño e invierno a los clientes que sobrepasan el límite de invierno. Dicho límite es particular para cada usuario y se determina en función del consumo promedio durante los meses definidos como “no punta” de los últimos doce meses, incrementado en un 20% con un piso de 350 kWh/mes.Este incremento de precio en la tarifa se produce únicamente cuando el consumo se encuentra por sobre un umbral de consumo establecido que, en el último decreto tarifario, fue definido en 430 kWh/mes. En tanto, aquellos usuarios cuyo consumo en los meses de otoño – invierno es menor al umbral de consumo señalado, no quedan afectos al cargo por tarifa de invierno.