Durante el 18 y 19 de septiembre, la Dirección del Trabajo infraccionó a 6 empresas de la región por no respetar el feriado irrenunciable, cursando multas que totalizaron 55 UTM, es decir $3.809.575.
Además de las empresas sancionadas, la Dirección del Trabajo suspendió la función de 8 personas quienes se encontraban trabajando, aun cuando la ley indica que debían estar descansando.
Adicional a las multas realizadas por no respetar la normativa, la Dirección del Trabajo sancionó a una empresa de la provincia del Ranco por un monto de $8.800.000. Esta infracción es aplicada cuando un empleador no exhibe o no tiene dentro del lugar de trabajo la documentación solicitada por el fiscalizador.
El seremi del Trabajo y Previsión Social, Gonzalo Gutiérrez, valoró el despliegue de la Dirección del Trabajo durante estos días de festividades “el amplio operativo realizado por la DT en la región permitió tener una mayor cobertura del territorio, permitiendo que más trabajadores puedan tengan acceso al descanso que por ley les corresponde”.
Sin embargo, la autoridad regional lamentó que las empresas no cumplan con la ley “a pesar del llamado que hicimos a cumplir con lo que señala la normativa, hay empresas que no la respetan, situación que sin duda lamentamos; sin embargo, nuestro gobierno es riguroso al momento de constatar alguna vulneración de algún derecho fundamental de los trabajadores, como el descanso en un feriado irrenunciable”.
Cerca de $25 millones en multas a buses interurbanos.
Durante el fin de semana de Fiestas Patrias, la Dirección del Trabajo llevó adelante el Plan Nacional de Fiscalización al transporte interurbano de pasajeros, donde del total de 16 fiscalizaciones, 7 finalizaron con una multa total de 360 UTM, es decir $24.935.400.
Además de las sanciones aplicadas a las empresas de buses interurbanos, se suspendió la jornada laboral de un trabajador que no tenía las horas de descanso necesarias para poder ejercer su función.
Las materias para fiscalizar fueron:
– Que no se conduzca más de 5 horas seguidas sin pausa.
– Que existan 2 horas mínimas de descanso entre turnos.
– Que se respeten los ciclos laborales y los sistemas de registro de asistencia.