Productores y comerciantes de papa deben inscribirse en el SAG

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¿Sabías que en la región de Los Ríos solo se puede comercializar papa proveniente del área libre de plagas cuarentenarias? Así lo establece la Resolución Exenta 3.276/2016 del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), entidad que realiza un llamado a productores, comerciantes y transportistas a cumplir con las disposiciones de la normativa.

Por un lado, entre las obligaciones de los productores de papa está el inscribir sus predios en la nómina de Predios productores del Programa Nacional de Sanidad de la Papa del SAG y usar semilla legal (corriente, certificada o de autoconsumo). Ambas medidas, buscar evitar la diseminación de enfermedades que podrían afectar gravemente el desarrollo de la agricultura local.

Por otro, tanto los comerciantes establecidos como ambulantes, también deben estar inscritos en el SAG, en la nómina de Comerciantes del Programa Nacional de Sanidad de la Papa. Para realizar los trámites descritos, los interesados solo deben acudir a la oficina del Servicio, puesto que dichas gestiones no tienen costo.

Para verificar el cumplimiento de estas y otras indicaciones, el SAG de la región de Los Ríos se encuentra realizando controles carreteros y fiscalizaciones a toda la cadena productiva. “Durante todo el año, damos estricto cumplimiento a nuestro programa de vigilancia y fiscalización, realizando más de 17 mil fiscalizaciones, lo que significa evitar que ingresen a la región productos que sean un potencial riesgo fitosanitario, ya que podrían movilizar plagas y enfermedades no presentes en la zona”, detalló el Director Regional del SAG, Carlos Burgos Martínez.

El área libre de plagas cuarentenarias de la papa, comprende desde la provincia de Arauco, en la región del Bío-Bío hacia el sur, estando prohibido ingresar cualquier material que movilice suelo, como plantas, sacos vacíos usados, maquinaria e implementos sin la correspondiente sanitización, envases de uso agrícola, industrial, minero u otro, por el eventual riesgo de portar enfermedades silvoagropecuarias.

Quienes infrinjan estas disposiciones, ya sean productores, transportistas o comercializadores, se arriesgan a multas de hasta 150 UTM, además del decomiso y destrucción del producto. Si la ciudadanía necesita comunicarse con el SAG, para obtener más información o efectuar denuncias, puede hacerlo a contacto.losrios@sag.gob.cl.

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