Malls y strip centers estarán cerrados el domingo 16 y trabajadores contarán con 3 horas para votar en las elecciones

Comparte, envía o imprime este contenido de VoceroRegional.CL

Un llamado a respetar la normativa que resguarda los derechos laborales y electorales de las y los trabajadores durante las elecciones presidenciales y parlamentarias de este domingo 16 de noviembre realizaron desde la Delegación Presidencial, Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y la Dirección del Trabajo (DT).

El delegado Presidencial, Jorge Alvial, encabezó la actividad junto al seremi del Trabajo y Previsión Social, Gonzalo Gutiérrez, y el director regional (s) del Trabajo, Claudio Aguilar, recorrieron diversos locales del centro de Valdivia para difundir entre trabajadores, trabajadoras y empleadores la normativa vigente que aplicará durante el proceso electoral del 16 de noviembre, reforzando el carácter de feriado legal para quienes laboran en malls y strip centers administrados bajo una misma razón social.

En la instancia, se recordó que dichos recintos deberán permanecer cerrados durante toda la jornada electoral, desde las 21:00 horas del sábado 15 hasta, al menos, las 06:00 horas del lunes 17 de noviembre. En cambio, el resto del comercio —como supermercados, grandes tiendas o locales independientes— podrá operar con normalidad, siempre garantizando el derecho de las y los trabajadores a ejercer su voto.

Las autoridades destacaron además que todas las personas que deban trabajar ese día cuentan con un permiso mínimo de tres horas para sufragar, sin que ello implique descuento de remuneraciones ni represalias.

El delegado Presidencial, Jorge Alvial, indicó que “Como Gobierno queremos que este proceso electoral se viva con total normalidad y respeto por los derechos de las y los trabajadores. Por eso estamos reforzando que los malls y strip centers deben permanecer cerrados el domingo 16, y que todas y todos quienes trabajen ese día tienen derecho a disponer de al menos tres horas para ir a votar, sin descuentos ni represalias. Lo importante es que nadie tenga obstáculos para ejercer su derecho ciudadano. Invitamos a empleadores y trabajadores a cumplir la normativa y a vivir esta jornada con responsabilidad y participación.”

El seremi del Trabajo y Previsión Social, Gonzalo Gutiérrez, informó que, desde la Superintendencia de Seguridad Social, emitió lineamientos para que las y los ciudadanos puedan ir a votar con tranquilidad: “A propósito de múltiples consultas, la Superintendencia de Seguridad Social decidió dictar instrucciones que permiten armonizar la obligatoriedad del voto con el cumplimiento de reposo. Entonces, la persona que está con licencia médica, y tomando en cuenta la prescripción médica y su estado de salud, puede efectivamente cumplir con la votación, siempre en una mirada muy responsable y cuidando no poner en riesgo la recuperación. De esta forma, el asistir a votar no se va a considerar un incumplimiento reposo”.

Por su parte, el director (s) del Trabajo, Claudio Aguilar, precisó que “se debe recordar que la legislación también contempla permisos especiales con goce de remuneraciones para quienes hayan sido designados vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados ante la Junta Electoral, durante todo el tiempo que dure el cumplimiento de dichas funciones”, explicó Aguilar.

Asimismo, el director del Trabajo recordó que las y los trabajadores que en el trayecto de su casa al trabajo pasan a votar, o aquellos que lo hacen en el transcurso de la jornada laboral, en estos espacios también estarán cubiertos por la Ley de Accidentes del Trabajo en caso de cualquier siniestro que ocurra a propósito de ejercer el derecho a voto”.

Fiscalización laboral durante los comicios

La Dirección del Trabajo anunció que recibirá denuncias el domingo 16 de noviembre entre las 09:00 y las 14:00 horas a través de su Canal de Atención Telefónica (CAT): 600 450 4000.

Las materias fiscalizables serán las siguientes:

  1. No otorgamiento del feriado legal y obligatorio a trabajadores y trabajadoras del comercio comprendidos en el numeral 7 del artículo 38 del Código del Trabajo, en centros o complejos administrados bajo una misma razón social.
    • Multas entre 3 y 60 UTM (entre $208.626 y $4.172.520), según el tamaño de la empresa.
  2. Negativa a otorgar permiso a vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados de Junta Electoral.
    • Multas entre 3 y 60 UTM.
  3. Incumplimiento del permiso de tres horas para sufragar.
    • Multas entre 3 y 60 UTM.
Comparte, envía o imprime este contenido de VoceroRegional.CL