Un llamado a respetar el feriado obligatorio e irrenunciable de Fiestas Patrias realizaron la seremi del Trabajo y Previsión Social de Los Ríos, Denisse Merino Cárdenas, y el director regional del Trabajo, César Paredes, durante un recorrido por distintos puntos del comercio de Valdivia.
En la oportunidad, ambas autoridades entregaron información a trabajadores y empleadores respecto de la normativa vigente y reforzaron el llamado a planificar con anticipación las jornadas de trabajo, considerando que los días 18 y 19 de septiembre son feriados obligatorios e irrenunciables para los trabajadores del comercio, de acuerdo con la Ley N°19.973.
El descanso deberá comenzar a las 21:00 horas del jueves 17 de septiembre, y finalizar a las 06:00 horas del domingo 20 de septiembre, salvo las situaciones particulares asociadas a sistemas de turnos rotativos.
La seremi del Trabajo y Previsión Social de Los Ríos, Denisse Merino Cárdenas, destacó la importancia de que tanto empleadores como trabajadores conozcan y respeten esta normativa: “queremos hacer un llamado muy claro a respetar este feriado irrenunciable de Fiestas Patrias. Son fechas en que los trabajadores y trabajadoras del comercio tienen derecho a descansar y a compartir con sus familias, por lo que hacemos un llamado a los empleadores a organizar con anticipación sus turnos y cumplir con la normativa. También invitamos a los trabajadores a informarse sobre sus derechos y a denunciar si estos no son respetados. Como Ministerio del Trabajo vamos a estar atentos y desplegados para que esta normativa se cumpla”.
¿Quiénes están exceptuados?
La normativa contempla algunas actividades que, por sus características, están exceptuadas del feriado irrenunciable. Entre ellas se encuentran restaurantes, clubes, cines y otros establecimientos de espectáculos en vivo, discotecas, pubs, casinos, farmacias de urgencia o de turno y establecimientos de venta de combustibles.
También están exceptuadas las denominadas tiendas de conveniencia asociadas a servicentros, siempre que elaboren alimentos para su consumo en el mismo local.
Asimismo, los pequeños negocios de barrio pueden funcionar cuando son atendidos directamente por sus propios dueños o por familiares directos.
Existe además una regla de descanso alternado: los trabajadores que se desempeñan en actividades exceptuadas tienen derecho a gozar de estos feriados al menos una vez cada dos años, siempre que se mantengan contratados por el mismo empleador. De esta manera, quienes trabajaron durante Fiestas Patrias de 2025 y continúan con el mismo empleador deberán descansar durante estas fechas en 2026.
Por su parte, el director regional del Trabajo, César Paredes, explicó que la Dirección del Trabajo mantendrá un despliegue de fiscalización durante estas fechas, con equipos destinados a verificar en terreno el cumplimiento de la legislación laboral.
“Como Dirección del Trabajo vamos a estar desplegados en toda la Región de Los Ríos, fiscalizando el cumplimiento del feriado obligatorio e irrenunciable y verificando que los trabajadores que tienen derecho a este descanso efectivamente puedan ejercerlo. También vamos a fiscalizar el cumplimiento del descanso alternado que corresponde a quienes se encuentran exceptuados de este feriado. Nuestro llamado es a los empleadores a informarse y cumplir oportunamente con la normativa”, cerró la autoridad regional.
Multas por incumplimiento
El incumplimiento del feriado obligatorio e irrenunciable puede generar multas de entre 5 y 20 UTM por cada trabajador afectado, dependiendo del tamaño de la empresa. La Dirección del Trabajo ha establecido esta escala considerando el número total de trabajadores de la empresa: 5 UTM para empresas de hasta 49 trabajadores, 10 UTM para aquellas de entre 50 y 199 trabajadores, y 20 UTM para empresas de 200 o más trabajadores.
En caso de detectarse una infracción, los trabajadores afectados por el incumplimiento deberán cesar sus turnos y abandonar su lugar de trabajo.
¿Dónde denunciar?
Los trabajadores y trabajadoras que no reciban el descanso correspondiente pueden realizar sus denuncias a través del sitio web de la Dirección del Trabajo, www.dt.gob.cl.
También pueden comunicarse con el Canal de Atención Telefónica de la Dirección del Trabajo, 600 450 4000, donde se entrega orientación sobre materias laborales.
Desde la Dirección del Trabajo se recordó que existe un programa nacional de fiscalización preventiva, con equipos en terreno en las distintas regiones del país, destinado a verificar el cumplimiento de la normativa laboral durante estas Fiestas Patrias.