Personas sin pensión también pueden acceder a la PGU

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Muchas personas coinciden en consultar en ChileAtiende – la red de atención del Instituto de Previsión Social- sobre el derecho a algún beneficio del Estado para contar con un ingreso mensual, si no han podido pensionarse.

La respuesta es la siguiente: si una persona tiene 65 años o más, aun cuando no tenga una pensión, puede obtener la Pensión Garantizada Universal (PGU) si cumple un conjunto de requisitos. Esto, porque la PGU no solo es un complemento a las pensiones ya existentes, sino que, además, pueden acceder a ella quienes no han podido completar un ahorro previsional para su vejez.

El monto actual del beneficio estatal es de $214.296 mensual.

Al respecto, el seremi del Trabajo y Previsión Social señaló que “queremos hacer un llamado a todas las personas que cumplen 65 años, a solicitar la Pensión Garantizada Universal, con un especial énfasis en aquellas que por diversos motivos, no tuvieron la oportunidad de cotizar. Es importante recordar a la ciudadanía, que a través de una ley corta que nuestro gobierno impulsó durante el año 2023, ampliamos el número de beneficiarios que reciben este derecho, pues entendemos que existen labores no remuneradas que son muy importantes en nuestra sociedad- como el rol de cuidados, por ejemplo-, que han impedido que en el caso de las mujeres, no hayan podido desarrollarse laboralmente. Desde esa perspectiva, la reforma de pensiones que se encuentra en trámite en el Senado, considera este tipo de situaciones, para equipar la cancha y mejorar la calidad de vida de las pensionadas y pensionados”.

¿Cuáles son los requisitos para acceder a la PGU?

  1. Haber cumplido 65 años o más.
  2. No integrar un grupo familiar perteneciente al 10 % más rico de la población. Este requisito se revisa en el IPS una vez ingresada la solicitud.
  3. Acreditar residencia en Chile por 20 años continuos o discontinuos, desde los 20 años de edad. También, al menos cuatro años de los últimos cinco anteriores a la solicitud del beneficio.
  4. Contar con una pensión base calculada menor a la pensión máxima determinada por la normativa para este beneficio. Esta condición también se verifica una vez recibida y analizada la solicitud.

Cabe recordar que a los afiliados o pensionados de Dipreca y Capredena no les corresponde la PGU.

También podrían acceder a la Pensión Garantizada Universal, si cumplen el total de requisitos, las personas de 65 años y más que aún siguen trabajando, que estén pensionadas o que hayan decidido postergar su jubilación.

¿Dónde solicitar la PGU?

  1. Todos los días del año, incluidos fines de semana y feriados, en el sitio www.chileatiende.cl, con ClaveÚnica.

En el mismo sitio se puede consultar, previamente, si se cumple con los requisitos para solicitar el beneficio.

  • Y en días hábiles, de lunes a viernes, a través de:
  • Videoatención en www.chileatiende.cl o www.ips.gob.cl. Esto, sin necesidad de ClaveÚnica.
  • Las 202 sucursales ChileAtiende del Instituto de Previsión Social, IPS.
  • En las municipalidades en convenio con el IPS.
  • También está la opción de las AFP o compañías de seguros, si la persona está afiliada a una de esas entidades.

Una condición previa a la solicitud del beneficio es que las personas estén inscritas en el Registro Social de Hogares, porque desde ahí se obtienen algunos datos para evaluar los requisitos.

Para resolver dudas sobre la Pensión Garantizada Universal, también se puede consultar llamando al Call Center 101 o en las redes sociales @ChileAtiende en X, Facebook e Instagram.

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