El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia condenó hoy –viernes 27 de enero– a Francisco Javier Jara Jarpa a las penas de cumplimiento efectivo de 12 años y 4 años de presidio, en calidad de autor ejecutor de los delitos consumados de homicidio simple y tenencia ilegal de armas de fuego, respectivamente. Ilícitos perpetrados en febrero de 2021, en la comuna de Panguipulli.
En fallo de mayoría (causa rol 156-2022), el tribunal –integrado por las magistradas Cecilia Samur Cornejo (presidenta), Silvana Muñoz Jaramillo y Andrea Hurtado Villanueva (redactora)– aplicó, además, a Jara Jarpa las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena (homicidio); y la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios público durante el tiempo de la condena por la tenencia armas.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
En la causa, como se adelantó en el veredicto, el tribunal decretó la absolución por falta de acreditación de participación en el delito de homicidio calificado y tenencia ilegal de armas de fuego, de los acusados Carlos Alberto López Aguayo y Cristián Antonio Cisternas Larenas; en tanto, Jorge Valentín Ruiz Paz, Sergio José Miguel Larenas Paz, Jorge Eduardo Rodríguez Neira y Cristián Mauricio Larenas Cisternas, resultaron absueltos del cargo formulado en su contra que los sindicaba como autores de delito de tenencia ilegal de armas de fuego.
El tribunal dio por acreditado que el día 16 de febrero de 2021 aproximadamente a las 22:00 horas, en el sector Playa del Lago Desagüe Riñihue, lugar donde se encuentra el denominado Condominio Riñimapu, en la comuna de Panguipulli, se produce una discusión entre personas que se encontraban acampando a orillas del Lago y personal dependiente del Condominio Riñimapu.
Ante tal situación, al menos cuatro integrantes de la comunidad o Loft Yascahu, junto a la víctima Emilia Milen Herrera Obrecht y otras personas, se aproximan a la entrada o portería del Condominio Riñimapu, con el propósito de conversar con los acusados y otras personas encargados de la seguridad del Condominio que se encontraban las afueras del condominio.
En estas circunstancias, el acusado Francisco Javier Jara Jarpa, dispara con ánimo de matar el arma de fuego que portaba, esto es, un revólver calibre 38, tres a cuatro veces hacia el grupo, impactando un proyectil en la región frontal de la cabeza de la víctima Emilia Milen Herrera Obrecht, la cual se desplomó en el lugar, siendo auxiliada por las personas que la acompañaban.
Producto del disparo la víctima resultó con una lesión externa principal en la región frontal izquierda de forma circular. La causa de muerte según el SML Valdivia fue : Herida craneoencefálica por proyectil. .